Aviso: Usted puede encontrar definiciones a las palabras seguidas por una * en el Glosario
- Las detenciones
- El arresto
- Registro e incautación
- En la estación de policía
- Primera comparecencia ante la corte
- La acusación
- Los asuntos antes del juicio
- El juicio
- Recursos Legales
Problemas criminales pueden resultar en la deportación si uno no es ciudadano estadounidense. Si usted es arrestado u si la policía le da orden de comparecencia por cualquier razón, hable con un abogado en asuntos inmigratorios lo más pronto posible. Muchos abogados criminales no entienden los suficiente sobre las leyes inmigratorias para aconsejarle correctamente acerca de los aspectos inmigratorios de su situación. Usted o su abogado de defensa penal deberá consultar con un abogado inmigratorio antes de decidir lo que hacer en su caso. Nunca se declare culpable, ni diga que no disputará, ni acepte una “presentación legal” ni una “adjudicación diferida” frente a cargos en su contra antes de hablar con un abogado inmigratorio, aunque parezca que el cargo no es muy grave.
Un "crimen o delito" es una ofensa contra el Estado y contra los Estados Unidos. También es definido como algo que uno hace o no hace pero que es una violación a las leyes establecidas. La legislatura (Lea el Gobierno) determina o decide qué actos o fallas de actuar son crímenes o delitos. La legislatura de los Estados Unidos también fija las penas para cada crimen o delito.
En Maine, los crímenes o delitos se clasifican en niveles entre A y E. Un crimen de Clase A es el más serio; un crimen de Clase E es el menos serio. Una persona puede ser encarcelada por vida y recibir una multa de hasta $50,000 al ser culpable por un crimen de Clase A. Un crimen de Clase B lleva una pena máxima de 10 años de cárcel más una multa de $20,000. Un crimen de Clase C lleva una pena máxima de 364 días de carcel más una multa de $2,000. Y un crimen de Clase E lleva una pena máxima de 180 días de carcel y una multa de $1,000. A veces se refieren a delitos de Clase A, B, y C como “felonías o delitos graves”. A veces se refieren a los delitos de Clase D y E como “pequeños delitos o delitos menores". Si a usted lo encuentran culpable de algún delito, también le pueden imponer una libertad condicional durante un tiempo con condiciones con las cuales tendrá que cumplir.
También existen otras ofensas llamadas “delitos civiles” que no llevan una pena de tiempo en la cárcel pero que resultan en multas significantes. Estas ofensas no son delitos y tampoco resultarán en un registro de antecedentes penales por sí, pero todavía podrán causarle problemas inmigratorios a la persona que no sea ciudadano estadounidense. Estos delitos civiles incluyen la posesión de pequeñas cantidades de marijuana, la posesión de alcohol por un menor de edad, más varias ofensas de vehículo motor.
Existen varios tipos de crímenes o delitos. Dos de los que se cometen con más frecuencia: los crímenes o delitos contra las personas y los crímenes o delitos contra la propiedad. Entre los crímenes o delitos contra las personas se incluyen: homicidio (matar o asesinar a una persona), estupro o violación sexual, aterrorizar / amenazar y asalto. Entre los crímenes o delitos contra la propiedad se incluyen: robo, hurto o escalamiento, substracción y vandalismo. El Estado procesa o encausa cada uno de estos tipos de crímenes o delitos con vigor.
Este capítulo trata sobre lo que pasaría si se sospecha que usted ha cometido un crimen o delito o si a usted se le somete a un proceso judicial por causa de un crimen o delito.
En la calle. Un oficial de la policía puede que lo detenga a usted en cualquier momento para hacerle algunas preguntas. Usted no tiene que contestar esas preguntas. Pregúntele al oficial de la policía si usted puede irse del lugar. Si él o ella contesta que sí, usted puede marcharse del lugar. Esto no es un arresto. Es una "detención*." Usted no tiene por qué responder a ninguna de las preguntas que él o ella le haga. Si el inglés no es su idioma nativo, usted puede decírselo al oficial de la policía y pedirle un intérprete. Si se sospecha que usted ha cometido un crimen o delito específico, puede que el oficial de la policía le pida a usted una identificación.
Para realizar una búsqueda bajo estas circunstancias, el oficial de la policía tiene que tener una razón específica para creer que usted está armado y es peligroso. La búsqueda deberá ser limitada, lo que algunas veces se llama un "cacheo ligero" o una "palmadita." Si el oficial de la policía palpa algo que parece ser un arma, el oficial puede que lo registre a usted más detenidamente. El oficial de policía deberá devolver cualquier objeto que no sea ilegal poseerlo a no menos que usted sea arrestado.
En un vehículo. Si usted está manejando y le detienen en la carretera por una violación, usted tendrá que presentar su licencia de conducir, la matrícula del vehículo, y prueba de seguro. Si usted no tiene licencia, usted puede ser arrestado. Si usted no tiene la matrícula del vehículo ni prueba de seguro, a usted le pueden dar una multa. Si el oficial de la policía tiene causa probable* para creer que el vehículo contiene contrabando o evidencias de un delito o crimen, el oficial de la policía puede realizar una búsqueda del vehículo sin orden judicial*.
Si el oficial de la policía cree razonablemente que usted está involucrado en una actividad delictiva o criminal, puede que él o ella lo detenga y le pida una identificación.
La discriminación racial de los conductores. “La discriminación racial” ocurre cuando un policía detiene o interroga a una persona por su raza y no porque tenga evidencia de que aquella persona haya hecho algo mal. La discriminación racial por la policía es ilegal pero sin embargo suele ocurrir.
Desde el 11 de septiembre del 2001, la policía en el estado de Maine ha detenido a la gente de color, especialmente a los latinos, y les ha pedido su nacionalidad o estatus de inmigración. A veces esto ocurre cuando una persona está andando de pie o montando en bicicleta. Muchas veces esto ocurre cuando la persona está andando en un vehículo y una violación de tráfico menor puede ser la excusa por detenerlo. Los latinos tanto como otros han sido detenidos por varios tipos de violaciones, como por ejemplo el exceso de velocidad, no usar el cinturón de seguridad (en Maine es obligatorio usar el cinturón de seguridad), por tener objetos colgando del espejo retrovisor del automóvil, pasarse una luz amarilla, o no usar la flecha intermitente antes de voltear. Entonces la policía está pidiendo no solamente al conductor sino también a los pasajeros de color que muestren sus documentos para comprobar su estatus inmigratorio. Si una persona no tiene su documentación inmigratoria a la mano, la policía rutinariamente llama al departamento de Inmigración.
Si usted es el chofer del automóvil, tiene que mostrar su licencia de manejo, la matrícula del auto, y la prueba de seguro si usted es detenido por la policía. Si usted no es el chofer del automóvil y le piden que muestre su identificación o papeles de inmigración, o si le preguntan por su nacionalidad o estatus inmigratorio, usted tiene el derecho de preguntar al oficial si está bajo arresto. Si el oficial dice, “no,” entonces tiene usted el derecho Constitucional de no responder, ni si quiera tiene que darle su nombre.
Si usted es un ciudadano de los Estados Unidos o si es un inmigrante que está en este país legalmente y si le piden a usted que muestre su documentación o que demuestre su estatus inmigratorio, puede que encuentre que lo más sencillo es mostrarle a la policía su documentación inmigratoria válida. (Está obligado andar a todo rato con estos documentos, sino que sea un ciudadano de los Estados Unidos.) En cualquier caso, por favor llame a un abogado con experiencia o al American Civil Liberties Union of Maine (La Unión Americana de Libertades Civiles de Maine) lo más pronto posible para reportar lo que ha pasado. Por favor intente conseguir el nombre o el número de placa del oficial envuelto en la situación, más el tipo de oficial que es (policía estatal, oficial del condado, o policía local).
Si usted no tiene un estatus legal válido, entonces la policía probablemente le entregará a la inmigración donde será detenido. Puede que la Inmigración le detengan en el Cumberland County Jail (la Cárcel del Condado de Cumberland), y podrá usted llamar al Immigrant Legal Advocacy Project (El Proyecto de Defensa de Inmigrantes legales - ILAP) gratis desde la cárcel para avisar al ILAP lo que le sucedió, y para obtener algún asesoramiento jurídico sobre su detención. (Vea Recursos más adelante.)
Usted ha sido arrestado* cuando un oficial de la policía lo pone bajo custodia con el propósito de acusarlo de haber cometido un crimen o delito. Si una persona razonable en su situación cree que no está libre para marcharse del lugar, el oficial de la policía lo ha arrestado aun si no lo ha dicho con palabras.
Usted puede ser arrestado si el oficial de la policía o tiene causa probable para arrestarlo o tiene una orden de arresto. La causa probable para el arresto existe cuando un oficial de la policía tiene una creencia razonable de que una persona está cometiendo o ha cometido un delito o crimen. Puede que usted sea arrestado en cualquier momento si un oficial de la policía tiene una orden que autorice el arresto. Un juez o una jueza da una orden que autoriza el arresto si un oficial de la policía o un quejoso ha presentado pruebas que llevarían a una persona sensata a creer que la persona que va a ser arrestada cometió o había cometido un crimen o delito.
Puede que un oficial de la policía use tanta fuerza física como sea razonablemente necesaria para llevar a cabo el arresto. Por esta razón, es sabio no resistir el arresto de ninguna manera, ni luchando ni protestando contra el arresto. Si usted cree que el oficial de la policía usó una fuerza irrazonable contra usted, asegúrese de recordar el nombre del oficial, el número de su placa si es posible y los nombres de los testigos. Puede que usted tenga una causa de acción judicial* en contra del oficial de la policía para exigir una indemnización por daños y perjuicios*.
Si el oficial de la policía lo arresta a usted sin tener una causa probable o sin una orden de arresto, el arresto es ilegal.
Antes de que la policía le haga preguntas a usted, se le deberá leer la "ley Miranda" Estas son las siguientes advertencias:
- Usted tiene el derecho a permanecer callado
- Cualquier cosa que usted diga puede ser usada en su contra en un juicio
- Aunque haya usted comenzado a responder al interrogatorio, usted puede dejar de responder a las preguntas en cualquier momento
- Si usted no puede afrontar los costos de un abogado, un juez o una jueza nombrará a uno para que lo defienda gratuitamente.
La policía deberá advertirle en su idioma nativo o mostrarle una tarjeta con las advertencias escritas en su idioma nativo. Si usted no se siente completamente cómodo con el inglés, deberá pedir un intérprete para ayudarle entender lo que le está diciendo la policía. La policía deberá proporcionarle los servicios de un intérprete o por teléfono o en persona sin que le cueste nada a usted. Cualquier cosa que usted le diga al intérprete se lo estará diciendo a la policía también. Así que el mejor plan de acción es no decir nada hasta que hable con un abogado. Esto es verdad aún si tiene o no tiene intérprete.
La Cuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos lo protege a usted en contra de "irrazonables" registros e incautaciónes a su persona y a su propiedad. Esto significa que un registro no es justificado a menos que haya causa probable de creer que un crimen o delito ha sido cometido y el registro aportará evidencias sobre el mismo.
Ordinariamente, un registro requiere de una orden de autorización emitida por un juez o una jueza para que alguien o alguna propiedad sea registrada. Hay excepciones a esta regla. Una autorización no se requiere si usted da su consentimiento a la búsqueda. La orden de autorización tampoco se requiere si el registro viene acompañado por una detención de su vehículo, y si hay causa probable para la policía creer que hay objetos ilegales dentro de su automóvil. Una orden de autorización tampoco se requiere en algunas circunstancias especiales, tales como cuando hay una emergencia, cuando la policía está "siguiendo muy de cerca" a un sujeto o cuando las evidencias pueden ser destruidas antes de que el oficial de la policía pueda conseguir una orden de autorización.
Generalmente, la policía deberá tocar a la puerta y anunciarse antes de entrar en su casa y deberá tener también una autorización para entrar. Usted no tiene que abrirle la puerta a la policía si ellos no tienen una autorización. Si ellos tienen una autorización, asegúrese de leerla con mucho cuidado. Si es una autorización buscando a alguien y si aquella persona no está presente, usted puede decirles a los oficiales sin abrirles la puerta que aquella persona no está ahí y les puede pedir que se marchen. Si la autorización no es para una persona, tiene que especificar las áreas que serán registradas y los artículos que serán incautadas. También asegurarse que la autorización es para su dirección, y no algún otra. Usted no tiene que permitir que entre la policía si la autorización es para alguna dirección diferente. La policía puede entrar a su casa sin anunciarse si ellos creen que las evidencias están siendo destruidas, que ellos están en peligro o que se trata de una emergencia.
La policía lo llevará a usted a una estación de policía y lo "fichará," que es el proceso de hacer una ficha de su arresto. A usted puede que le tomen las huellas digitales, sea fotografiado y sea registrado. Pida un recibo de cualquier propiedad que la policía le quite a usted.
Puede que la policía desee hacerle preguntas, o interrogarlo, en la estación de policía. Si usted decide contestarlas, usted siempre puede cambiar de parecer y dejar de contestar. Si usted le dice a la policía que ya no va a contestar más preguntas, ellos tienen que dejar de interrogarlo. Si usted le dice a la policía que usted quiere un abogado, la policía no puede hacerle preguntas hasta que el abogado esté presente. Recuérdese que si usted comienza una conversación con la policía después de pedir un abogado, usted ha "renunciado*" (ha cedido) su derecho a permanecerse callado. La policía entonces puede hacerle preguntas sin estar el abogado presente. No firme ningún documento a menos que usted entienda exactamente lo que esos documentos significan y esté de acuerdo con lo que se le pide.
Usted puede que se reúna con un "comisionado en fianzas." La fianza es la cantidad de dinero que usted pone como garantía para salir de la cárcel y que usted perderá en caso de que no se presente en la corte cuando deba hacerlo. El comisionado en fianzas decidirá la cantidad de dinero que deberá ser pagada para que usted pueda salir de la cárcel. El comisionado en fianzas puede cobrarle una cuota de dinero por este servicio. La cuota normalmente cuesta $60.00 dólares. La fianza puede ser pagada por cualquier persona. Si usted no puede "salir bajo fianza," o no puede pagar el dinero de la fianza, usted deberá esperar en la cárcel hasta su primera comparecencia ante la corte. También es posible que el comisionado de fianzas lo deje a usted salir de la cárcel en su "reconocimiento personal." El reconocimiento personal es la promesa que usted hace de regresar a la corte las veces que sea necesario.
Algunas veces, podrá recibir condiciones para la fianza - reglas que usted deberá seguir una vez que salga de la cárcel, tales como mantenerse alejado de la víctima del crimen o delito. Dígale al comisionado de fianzas que usted necesita un intérprete si usted no se siente confiado con el inglés que sabe. Es muy importante que usted entienda las condiciones que van con el hecho de usted salir a la cárcel bajo fianza, si usted no sigue al pie de la letra esas condiciones, a usted se le podría meter de nuevo en la cárcel. Todos los comisionados de fianzas pueden conseguir intérpretes a través de un servicio de intérpretes por teléfono. El servicio es completamente gratis. El estado pagaría los servicios del intérprete. Si usted ha sido arrestado por un delito o crimen bien grave, es posible que se le niegue la fianza. Usted, en este caso, permanecerá encarcelado hasta que se le celebre su juicio.
Primera comparecencia ante la corte.
Si usted no "sale bajo fianza," a usted se le lleva delante un juez o jueza dentro de un período razonable de tiempo. A esto se le llama la "primera comparecencia ante la corte." El juez o la jueza le informará a usted de los cargos que se le acusa así como del derecho a consultar a un abogado. Si el juez o la jueza encuentra causa probable de que usted cometió un delito o crimen por el cual usted ha sido arrestado, el caso seguirá su curso. El juez o la jueza también repasará la cantidad de la fianza y decidirá si está correcta. El juez o la jueza también repasará la cantidad de la fianza y decidirá si fue justa. El juez o la jueza puede mantener la misma cantidad de la fianza o cambiarla.
Si usted no habla o no se siente bien hablando inglés, siempre dígale al juez o a la jueza o al secretario del juez o de la jueza que usted necesita un intérprete. En la corte usted tiene derecho a tener un intérprete que lo ayude gratuitamente. Si no hay intérpretes presentes que hablen su mismo idioma la primera vez que usted se presenta en la corte, el juez o la jueza puede conseguir uno a través de los servicios de intérpretes por teléfono. El juez o la jueza harán los arreglos pertinentes para tener un intérprete en la corte cuando usted tenga la próxima audiencia. Usted no debería hacer que un amigo o un familiar hagan el papel de intérprete y a usted tampoco se le debería pedir que encuentre a un intérprete por sí mismo. La corte deberá asignarle un intérprete cualificado, ya sea a través del teléfono o presente en la corte.
Si usted "sale en libertad bajo fianza" después de ser arrestado o si usted no es arrestado pero el oficial de policía le da una citatoria* para presentarse en la corte, a usted le darán un papel con la fecha de la primera comparecencia ante la corte, la "acusación" (Lea más abajo.) Bajo otras circunstancias usted deberá pagar los gastos que implica tener un abogado.
Un abogado designado por la corte será nombrado en su caso criminal o delictivo solamente en el caso de que usted no pueda sufragar los gastos de uno y si los cargos de los cuales se le acusa podrían resultar en una sentencia que lo enviaría a la cárcel.
Usted tiene el derecho de representarse a si mismo (en vez de tener un abogado que lo represente), si así usted lo desea. Esto se llama "pro se*." Representarse a si mismo en un juicio no es buena idea. Las leyes criminales son complejas. El procedimiento criminal (cómo los asuntos de la corte se manejan) es complejo también. Porque usted tiene la alternativa de contratar un abogado o de tener uno designado por la corte, es conveniente confiar en un abogado que lo represente.
La acusación o el procesamiento.
La "acusación*" es la comparecencia ante una corte para declararse "culpable" o "no culpable" de un delito o crimen. Las acusaciones se llevan a cabo en el Tribunal Federal (Lea el Gobierno en Los Estados Unidos.) Durante la acusación o el procesamiento el juez o la jueza repasará los cargos de los cuales se le acusa a usted y designará a un abogado si usted no puede sufragar los gastos de uno. Dígale a la corte en ese momento si usted necesita un intérprete.
Durante el período antes del juicio o causa, su abogado discutirá con usted cómo manejar la defensa de usted. Cualquier cosa que usted le diga a su abogado es confidencial, lo que significa que su abogado no puede decirle nada de lo que ustedes hablen a nadie sin el consentimiento o permiso de usted.
Su abogado estará en contacto con el fiscal. El fiscal tiene el deber de contarle a su abogado sobre cualquier evidencia o prueba que ayude en su caso (prueba justificativa*.) Es posible que el fiscal ofrezca "un convenio sobre el alegato*." Esto significa que, a cambio de una declaración de culpabilidad, el fiscal recomendaría una sentencia particular al juez o jueza. No se ponga de acuerdo en declararse culpable de ningún crimen o delito hasta que usted y su abogado hayan hablado con un abogado experto en asuntos de Inmigración. (Lea el La "Tarjeta Verde" y Otros Documentos de Inmigración - Recursos.)
Si usted no acepta la sentencia acordada de conformidad (la negociación entre la defensa y la acusación con respecto a los cargos), lo más probable es que su caso vaya a un juicio. Durante el juicio, usted tiene derecho a un juicio público, justo y rápido. Usted tiene derecho a un juicio por jurado. Usted también tiene derecho a la "asistencia efectiva de un asesor legal o abogado." Esto no significa que si su abogado pierde el caso él o ella ha sido inefectivo(a.) A su abogado(a) se le considera efectivo si reúne los niveles profesionales para manejar el caso. El fiscal deberá probar el caso por el cual se le acusa más allá de duda razonable*.
Usted no tiene que testificar en el juicio. Usted tiene el derecho de ser confrontado con testigos que están en contra suya, lo que significa que ellos pueden comparecer ante la corte a testificar en contra de usted. Usted tiene el derecho de contra interrogar a esos testigos. Usted también tiene el derecho de obligar, mediante citación judicial*, a los testigos que puedan ayudarle en su caso a comparecer al juicio.
Al final del juicio, el jurado deliberará y decidirá si usted es culpable o no culpable. Si el jurado decide que usted no es culpable, usted sale en libertad en ese mismo momento. Usted no puede ser juzgado de nuevo por el mismo crimen o delito. Si el jurado decide que usted es culpable, puede que a usted lo lleven a la cárcel o si el crimen o delito no es grave que le sea permitido poner una fianza para permanecer fuera de la cárcel. En una fecha más adelante, el juez o la jueza que preside el juicio decidirá sobre la sentencia.
Usted puede apelar el veredicto*, si así lo desea. En los procesos de apelación, los magistrados de la Corte Suprema Judicial examinarán su caso para ver si el juez o la jueza que actuó en el juicio cometió algún error. Si los magistrados determinan que no hubo ningún error, la sentencia se quedará igual. Si los magistrados determinan que hubo errores que pudieron haber cambiado el curso del juicio, ellos normalmente anularán la condena y reenviarán el caso a los tribunales para que se celebre un nuevo juicio. En raros casos puede que la Corte Suprema Judicial desestime los cargos de los cuales se le acusa a usted. Es difícil apelar su caso sin un abogado. Si usted tuvo un abogado ordenado por la corte, hable con él o ella para determinar si se merece apelar su caso.
Immigrant Legal Advocacy Project
309 Cumberland Avenue, Suite 201
Portland, Maine 04101
207-780-1593 or 1-800-497-8505
[email protected]
Los servicios son gratis o a bajo costo dependiendo del ingreso económico.
Las consultas sin cita previa a un abogado experto en asuntos de Inmigración están disponibles todos los viernes. Llame para saber el horario de estas consultas.
Para consultar abogados privados que tratan asuntos de Inmigración: vea la parte sobre "Leyes de Inmigración" debajo de la sección "Abogados" en las páginas amarillas de la guía de teléfonos.
Maine Association of Criminal Defense Lawyers
P.O. Box 434
Freeport, ME 04032
Phone: 207.865.1457
www.mainemacdl.org
La Maine Bar Foundation agradece a Walter McKee, un abogado de Maine con experiencia en juicios, por su ayuda en escribir y editar este contenido.
actualizado en enero del 2009