¿De qué se trata?
El programa de asistencia al contribuyente de bajos ingresos les ofrece a
aquellos contribuyentes que califican ayuda jurídica o legal gratis en asuntos
de impuestos federales.
Nunca se cobra por el servicio. Puede haber, sin embargo, ciertas cuotas de
archivo u otros costos que usted tendrá que pagar.
El Programa es una identidad independiente del Servicio de Rentas Internas de
los Estados Unidos (IRS) y del Servicio de Rentas Internas del estado de Maine.
Todas las conversaciones y entrevistas al cliente son completamente
confidenciales.
La mayoría de los contribuyentes de impuestos son honestos y acatan las
leyes de impuestos federales, pero en caso de que tengan una discrepancia en
materia de impuestos con el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos
(IRS), necesitarían la ayuda de un profesional en asuntos de impuestos.
Nuestro Programa de asistencia al contribuyente de bajos ingresos provee esa
ayuda. En cooperación con el Proyecto de abogados
voluntarios, nuestro Programa
trabaja con expertos en asuntos de impuestos del estado de Maine para asegurarse
que los derechos de usted sean protegidos y que las discrepancias con el
Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS) sean resueltas de la
manera más justa.
¿A quiénes ayuda nuestro
Programa?
Nuestro Programa les sirve a los contribuyentes de bajos ingresos que tengan
discrepancias en materia de impuestos con el Servicio de Rentas Internas de los
Estados Unidos (IRS). También se proveen servicios educacionales al
contribuyente que sea residente del estado de Maine y que tengan problemas de
audición o cuyo idioma nativo no sea el inglés con el propósito de informarle
acerca de sus derechos y responsabilidades como contribuyente en materia de
impuestos.
Un contribuyente de bajos ingresos es aquél cuyo ingreso económico no pasa
del 250% de la tasa de pobreza del gobierno federal. Esta tasa de pobreza se
revisa anualmente y su escala refleja el tamaño de la familia. Si usted no
está seguro de calificar, llame a Pine Tree Legal
Assistance. Nuestro personal
siempre estará dispuesto a ayudarle.
No hay restricciones de ingresos para aquellos contribuyentes con problemas
de audición o que no hablan inglés.
¿Cómo nuestro Programa le puede
ayudar?
Nuestro Programa ayuda a los contribuyentes que no tienen ningún tipo de
representación jurídica o legal en sus discrepancias sobre impuestos con el
Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS) y que no pueden pagar
por asistencia legal. Nosotros, en el Programa, no aceptamos casos en los cuales
más de $50,000 dólares están en discrepancia en un solo año. Nuestro
Programa provee instrucciones educativas y materiales para ayudar a aquellos
contribuyentes con problemas en la audición o a los que no saben hablar inglés
para que aprendan a llenar correctamente sus planillas de la declaración de
impuestos sobre la renta.
Tipos de caso que nuestro Programa
acepta
Peticiones de exoneración de impuestos
a cónyuge libre de culpas
¿Ha recibido usted una factura del Servicio de Rentas Internas de los
Estados Unidos (IRS) por concepto de impuestos sobre ingresos de su cónyuge? ¿Piensa
usted que es una injusticia que se le haga responsable del pago de esos
impuestos? Usted puede ser elegible para recibir una exoneración de esa deuda,
declarándose cónyuge libre de culpas. Nuestro
Programa puede ayudarle a
determinar si usted es elegible y puede ayudarle también a solicitar esa
exoneración. También se le provee en nuestro Programa un representante si el
Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS) le niega esa
exoneración. Nuestro Programa puede también ayudarlo a hacer una reclamación
de Responsabilidad proporcionada, con el propósito de que usted sólo pague
aquellos impuestos que son de exclusiva responsabilidad suya y no los de su
cónyuge, si el reclamo de exoneración de impuestos a cónyuge libre de culpas
no es apropiado.
Reclamos de cónyuge lesionado
¿Ha sido retenido su reembolso de impuestos con el objeto de pagar una deuda
que su cónyuge tenía con el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos
(IRS) antes de que usted y su cónyuge se
hayan
casado? La deuda podría ser de
impuestos sobre la renta o de ingresos, una deuda de manutención infantil o un
préstamo de estudiantes no pagado. Si usted llenó una declaración de
impuestos sobre la renta en conjunto con su cónyuge y usted declaró su propio
ingreso, a usted le puede corresponder alguna exoneración de la deuda. El
cónyuge que no es originalmente responsable de la deuda puede pedir su parte
del reembolso. Nuestro Programa puede ayudarle a hacer una reclamación de
cónyuge lesionado y asistirlo en caso de que el Servicio de Rentas Internas de
los Estados Unidos (IRS) le niegue la reclamación.
Revisiones
¿Ha recibido usted una carta del Servicio de Rentas Internas de los Estados
Unidos (IRS) en la cual se le informa que la planilla de impuestos sobre la
renta de usted está siendo revisada?
La carta puede especificar el motivo de esa revisión. En los casos más
probables, el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS) revisa el
estado o condición civil de "Jefe de familia" o las excepciones, las
deducciones o los créditos. Nuestro Programa puede ayudarle a ordenar las
evidencias que usted posee, hacer una petición de reconsideración, ir a las
reuniones con usted y ayudarle en los procesos de apelación.
Rechazo de las deducciones
tributarias o créditos EIC de ingresos
recibidos
¿Ha recibido usted una notificación de que su reclamación de deducciones
tributarias o crédito EIC ha sido rechazada?
Sobre el 40% de las revisiones llevadas a cabo por el Servicio de Rentas
Internas de los Estados Unidos (IRS) le tocan a aquellos contribuyentes que
reclaman las deducciones tributarias o créditos EIC.
Si
el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS) determina que
su reclamación está basada en un error intencional, usted no puede reclamar
las deducciones tributarias o crédito EIC por un período de dos años. Si el
Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS) determina que su
reclamación está basada en un fraude, usted no puede reclamar las deducciones
tributarias o crédito EIC por un período de diez años. Nuestro Programa de
asistencia al contribuyente de bajos ingresos puede ayudarle a presentar la
información necesaria para satisfacer las pruebas que se requieran para
reclamar las deducciones tributarias o crédito EIC.
Notificaciones de faltas o
errores en las declaraciones de impuestos sobre la
renta
¿Ha recibido usted una notificación del Servicio de Rentas Internas
de los
Estados Unidos (IRS) sobre errores o faltas detectadas en su declaración de
impuestos-que usted le debe dinero al fisco (IRS) y que usted tiene 90 días
para hacer una petición en la Corte de Impuestos de los Estados Unidos?
Si usted no declara sus impuestos a tiempo, usted puede perder los derechos
de ir a la corte por no haber pagado primero los impuestos. Nuestro Programa de
asistencia al contribuyente de bajos ingresos puede ayudarle a preparar su
presentación ante el Juez.
Gravámenes y
recaudaciones
¿Ha recibido usted una notificación del Servicio de Rentas Internas de los
Estados Unidos (IRS) en la cual se le informa que el fisco (IRS) planea poner un
gravamen a su propiedad por concepto de impuestos atrasados o que planea
recaudar dinero de sus propiedades con el propósito de retenerle el pago de su
salario o sueldo?
Nuestro Programa puede ayudarle a usted a solicitar una audiencia de Proceso
de cobros atrasados o preparar una Oferta en compromiso.
Deudas de impuestos
¿Tiene usted una deuda de impuestos que no puede pagar? Nuestro
programa puede ayudarlo a explorar las siguientes opciones:
-
Un acuerdo de pago a plazos
-
Una Oferta en compromiso
-
Una orden de asistencia al contribuyente
-
Una suspensión temporal de cobro de la deuda de impuestos
-
Una petición de reducción de intereses y penalidades
-
Un rechazo a la deuda de impuestos
Empleado vs Contratista
independiente
¿Están en desacuerdo usted y su patrón acerca de si usted es un empleado o
un contratista independiente? Usted puede deber dinero en impuestos por ser jefe
de su propia empresa. El Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS)
puede cambiar su condición o estado laboral para así retener impuestos de
renta sobre su salario o sueldo.
Contribuyentes que hablan inglés
como segunda lengua.
Si el inglés no es su idioma nativo o si tiene usted problemas
de audición,
nuestro Programa puede ayudarlo con cualquier pregunta o problema acerca de los
impuestos, no importa cuales sean sus ingresos. Nuestro Programa ofrece talleres
sobre impuestos a grupos de contribuyentes con el propósito de ayudarlos a
aprender sobre el impuesto federal sobre los ingresos y enseñarles cómo llenar
las planillas de impuestos sobre la renta correctamente. Haga que un
representante de su grupo comunitario se ponga en contacto con Pine Tree Legal
Assistance.
Educación al
contribuyente
Nuestro Programa al contribuyente de bajos ingresos provee educación a usted,
el contribuyente, en:
- Dar respuestas a las preguntas sobre los impuestos
-
Proveer asistencia e instrucción sobre los derechos y responsabilidades del
contribuyente a los grupos que son elegibles, a los individuos y a las agencias
de servicios
-
Publicación de materiales acerca de los derechos y responsabilidades del
contribuyente y los cambios en las reglas de los impuestos sobre la renta
-
Ayudando a los grupos elegibles y a los individuos en la preparación de la
declaración de los impuestos sobre la renta
¿Cómo se pone el contribuyente en contacto con nuestro Programa de
asistencia al contribuyente de bajos ingresos?
Llame
a PTLA. El número es 774-8211.
Si no habla inglés, no se preocupe, le contestarán en inglés y
en español. Después del
saludo a través del mensaje se le pedirá que presione el teclado # 3 del
teléfono. Siga las instrucciónes
para dejar un mensaje y luego cuelgue el auricular del teléfono. Un
intérprete le devolverá la llamada.
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