La Violencia Doméstica / Tráfico Humano
| Aviso: Usted puede encontrar definiciones a
las palabras seguidas por una * en el Glosario |
La violencia doméstica es cuando alguien en su hogar:
- le causa daños físicos o sexuales a usted
- le infunde miedo o terror mediante amenazas a usted o a un niño
- le mantiene como prisionero(a)
A la violencia doméstica se le llama algunas veces "abuso."
A la persona que es violenta se le llama "abusador(a)." La violencia doméstica
está contra las leyes en el estado de Maine y en los Estados Unidos.
Golpear, abofetear, golpear con los puños, patear y las amenazas de violencia
son delitos o crímenes. Usted tiene el derecho de vivir en paz y sin
temores. En Maine, la ley también protege a las parejas y le protege
a usted de cualquier persona que le sigue. Esto incluye cualquier relación
actual así como una relación anterior.
El Tráfico Humano puede incluir:
- Ser traído a Estados Unidos ilegalmente (sin una visa) por alguien para trabajar en Estados Unidos. El Trabajo puede incluir:
- Trabajar en un restaurante, fábrica, o maquila
- Trabajar como trabajador sexual, incluso trabajo en las llamadas salones de masaje.
- Ser traído a Estados Unidos legalmente, por ejemplo con una visa temporal
de trabajo, y después ser forzado a trabajar bajo condiciones que son ilegales
en los Estados Unidos, tales como:
- Trabajar más de 40 horas por semana sin que le paguen horas extras.
- Ser alojado en una vivienda peligrosa o no saludable
- Ser pagado menos que el salario que le prometieron cuando le ofrecieron la visa
- Ser forzado a trabajar otro trabajo o en otro lugar que lo acordado cuando
le ofrecieron la visa.
- Le quitan su pasaporte u otro documento de identificación de usted y su
empleador lo guarda para que usted no se sienta libre de salir de una situación
abusiva o insegura o no saludable.
El tráfico humano es en contra de la ley en Maine y en los Estados Unidos. Usted
tiene el derecho a la seguridad y de no ser abusado por un coyote o hasta incluso
su legítimo empleador.
Cómo conseguir ayuda
Si usted o un niño(a) está en peligro inmediato, llame a la policía
(marque el 9-1-1 en el teléfono.) La policía está entrenada
para lidiar con la violencia doméstica. En algunos casos, la policía
arresta* al abusador(a.) Ésta se considera la mejor manera de parar inmediatamente
la violencia. Incluso si no arrestan a la persona que abusa de otra, la policía
conserva un informe de lo sucedido. Este informe puede ser utilizado más
tarde en una acción legal contra el abusador(a.)
Desafortunadamente, en Maine, algunos policías le pedirá su estado
inmigratorio y llamará a Inmigración. Si usted no tiene un estado
legal aquí, le puede salir más seguro llamar a una casa para las
personas victimas del abuso. Allí le pueden ayudar con un plan para su
seguridad y le pueden ayudar a contactar un abogado inmigratorio. El abogado le
puede avisar si usted podría calificar para un estado inmigratorio legal
basado en el abuso que usted ha experimentado de su pareja o su empleador. Vea
la información abajo para números telefónicos y direcciones
para conseguir ayuda.
Usted puede también llamar a una "línea directa contra la
violencia." Una "línea directa contra la violencia" es un número
de teléfono para que las personas llamen en el momento que están
siendo abusadas. Esta llamada es usualmente gratis. Usted puede llamar a cualquier
hora, de día o de noche. Las personas que le contestan la llamada están
entrenadas para ayudarle. Ellos no le informan al abusador(a) que usted les ha
llamado. A usted le darían información acerca de cómo lidiar
con una situación de violencia. También le darían información
acerca de sus derechos. (Lea la sección Recursos
más abajo.)
Usted no tiene que permanecer en la casa donde está siendo abusado(a.)
Usted puede ir a un refugio para víctimas de violencia doméstica.
Los refugios para víctimas de violencia doméstica son lugares
donde usted y sus niños puede quedarse temporalmente. El personal del refugio
no le dirá al abusador(a) que ustedes están ahí. Los refugios
para víctimas de violencia doméstica tienen consejeros que pueden
ayudarle a determinar hacer en contra del abuso. Esos consejeros le pueden dar
información sobre los programas que le ayudarían si usted decide
dejar al abusador(a.) (Lea la sección Recursos
más abajo.)
Usted puede obtener protección de las Cortes del estado de Maine.
Usted puede conseguir una orden de la Corte del estado de Maine que lo proteja
del abuso a que está siendo sometido de parte de un miembro de su familia,
de parte de un miembro de su hogar, su compañero(a) sexual, su pareja,
o alguien que le sigue o acosa. Si usted es responsable de un niño menor
de edad, usted puede pedir una orden de la corte en representación de ese
niño(a) menor. Si usted y el niño o niña menor de edad están
siendo abusados, usted puede pedirle a la Corte una orden que los proteja a ustedes
dos.
Cómo obtener ayuda de las Cortes del estado de Maine.
Vaya a la Corte del Distrito (Lea El
Gobierno de Los Estados Unidos):
- donde usted vive o
- donde la persona que abusa de usted vive o
- donde usted actualmente vive porque ha escapado del abuso
Si usted no está seguro(a) de hacer esto por sí mismo(a) o usted
tiene preguntas, usted puede ponerse en contacto con un proyecto de violencia
doméstica en su condado. (Lea la sección Recursos
más abajo.)
Vaya a la oficina del secretario de la corte y pídale el formulario llamado
Solicitud de Protección contra el Abuso*. Usted puede llenar este formulario
en la corte o llevárselo para llenarlo en otra parte.
Si usted no se siente seguro con el inglés que sabe, usted tiene el derecho a un intérprete que lo ayude a comunicarse con el secretario de la corte y en la misma Corte ante un juez. Esta ayuda es completamente gratuita. Dígale al secretario que usted quiere un intérprete. Entonces el secretario puede llamar por teléfono a un servicio de intérpretes que lo ayuden a entender el proceso de presentar una Solicitud de Protección contra el Abuso. También el secretario puede hacer los arreglos para que un intérprete esté disponible la próxima vez que usted tenga que regresar a la corte.
¿Cuánto tiempo toma conseguir una orden de la corte?
Si usted necesita protección de inmediato, seleccione en el formulario
la casilla donde se pide una Orden Temporal*. Si el juez que lee la solicitud
está de acuerdo que usted está en una situación de riesgo
presente e inmediata*, él o ella le dará una orden de inmediato.
La orden entrará en efecto tan pronto como sea entregada* al procesado*.
Si el juez o la jueza no le da una orden temporal, usted todavía tiene
la oportunidad de conseguir la orden más adelante, después de una
audiencia en la corte.
Después que usted hace la solicitud en la corte. Si el juez o la jueza le dio un Orden Temporal, el secretario le pedirá a un oficial de la policía o a un suplente del sheriff entregar la Solicitud y la Orden Temporal y un Aviso de Audiencia* en la Corte al acusado. El secretario de la corte debe darle a usted copias de estos papeles. La Corte deberá fijar la fecha de la audiencia dentro de 21 días. En el Aviso de Audiencia se dice la fecha y la hora de la audiencia.
Si el juez o la jueza le niega la Orden Temporal después de hablar con
usted, el secretario de la corte llenará una Citatoria y le dirá
a usted cómo entregarle a la otra parte los papeles de la corte. Esto cuesta
dinero. Si usted no puede afrontar el costo del servicio, dígaselo al secretario(a).
Él o ella le darán una Solicitud para proceder en la corte sin el
pago de tarifas o cuotas* y un formulario llamado Affidávit*. Este formulario
pide información sobre sus finanzas. Si el juez o la jueza está
de acuerdo que usted no puede pagar los costos del servicio en la corte, las cuotas
son desestimadas*.
La audiencia en la corte. Usted deberá ir a la audiencia en la corte. Si usted no va, la corte desestimará su caso y la Orden Temporal que usted consiguió terminará su función en ese instante.
¿Qué va a pasar en la corte? Al final de la audiencia, usted le pedirá al juez o jueza que la Orden Temporal continúe en vigencia por dos años. Para conseguir esto, usted deberá probar que el Acusado ha abusado de usted (o de su hijo(a)) en por lo menos una de las siguientes maneras:
- ha tratado de causarle heridas o ha intentado tocarle en una forma agresiva.
- le ha causado miedo o terror a través de tormentos, amenazas o acoso
- usando la fuerza y el temor ha provocado que usted:
---haga algo que usted tiene el derecho de no hacer contra su voluntad (como permanecer despierta(o) toda la noche con el único objetivo de entretener o de esperar al Acusado cuando usted necesita dormir) o
---no haga algo que tiene el derecho de hacer (como salir de la casa o ir a la tienda de comestibles.)
- ha secuestrado a un miembro de la familia (incluyéndose a usted) o lo ha tratado como prisionero.
- ha aterrorizado a un miembro de la familia (incluyéndose a usted) bajo amenazas de usar la violencia en su contra.
- repetidamente ha estado merodeando por los alrededores de su casa, de su escuela, de su lugar de trabajo para vigilar sus actividades.
Cuando usted piense contarle al juez o jueza su historia, esté al tanto de estas categorías legales sobre el abuso.
Después de la audiencia, el juez o la jueza determinará si extiende la Orden Temporal. Si la extiende, entonces habrá preguntas acerca de qué incluir en la orden. La Orden usualmente:
- ordena que el Acusado o la Acusada no tenga ningún contacto con usted
- ordena que el Acusado o la Acusada no les cause heridas ni los amenace a usted y a sus hijos en la casa
- ordena que el Acusado o la Acusada no vaya ni merodee por la casa, la escuela, el negocio o el lugar de trabajo de usted
- ordena al Acusado o la Acusada no seguir los pasos adonde quiera que usted vaya
- ordena al Acusado o la Acusada no interferir con la propiedad de usted
- ordena al Acusado o la Acusada a no tener un arma de fuego o cualquier otra arma peligrosa
- otorga posesión de la casa a usted o al Acusado o a la Acusada
- ordena la división temporaria de los bienes muebles (personales)
- fijar la duración del efecto de la Orden Temporal (hasta un máximo de dos años)
Si ustedes tienen hijos en común, la Orden Temporal también puede:
- otorgar derechos de paternidad temporal (de residencia principal y de visitas)
- ordenar el pago por manutención de menores (u ordenar la presentación de una affidávit en la corte sobre manutención de menores para a sí determinar la manutención y ordenarla más tarde)
- ordenar la retención inmediata de dinero del sueldo del Acusado o de la Acusada para cobrar la manutención de menores
Usted también puede pedirle al juez o a la jueza que ordene otras formas de protección y de apoyo que usted necesite.
¿Cómo las Ordenes de Protección contra el Abuso afectan el estado inmigratorio? Usted no tiene que presentar ningún papel de para obtener protección contra el abuso Proceder con una orden en contra de su compañero(a) no lesiona el estado inmigratorio de él o de ella. Pero si su compañero(a) desobedece la Orden Temporal, él o ella puede que sea arrestado(a), lo cual podría afectar su estado inmigratorio.
Protección para los no ciudadanos de los Estados Unidos
sobrevivientes del abuso en el hogar
Inmigración no le puede deportar a una persona a base de información
proveída por un abusador(a) o por un miembro de la familia del abusador(a).
Entonces recuerde de esto si usted es indocumentado o tiene solamente un estado
inmigratorio temporal y su abusador(a) le amenaza de llamar a Inmigración
y “hacer que lo deporten.”
Muchas veces el abusador(a) hará estas amenazas solamente para meterle
miedo y controlarle a usted, para que usted no lo deje. Pero si usted realmente
tiene miedo de que el abusador(a) le haya llamada a Inmigración, contacte
a un abogado con experiencia lo más antes posible. El abogado tomará
medidas para no dejar que Inmigración tome cualquier acción en
contra de usted.
La cosa más importante es tomar cualquier medida necesaria para
estar seguro. Los trabajadores de un programa de protección contra la
violencia le puede ayudar a contactar un abogado inmigratorio y el abogado le
puede ayudar con Inmigración. Preocúpese primeramente con su propia
seguridad, y los asuntos inmigratorios se pueden resolver lo más antes
posible después de que usted esté en una situación segura.
Si usted no tiene documentos legales en los Estados Unidos o tiene
solamente un estado inmigratorio temporal, pero la persona que abusa de usted
(o su hijo o hija) es ciudadana de los Estados Unidos o es residente permanente
(que tiene la "tarjeta verde"), puede que tenga la alternativa de presentar
la solicitud y el papeleo con el Servicio de Inmigración para que le
otorguen residencia permanente en este país. Usted deberá
estar casado o casada con la persona que abusa de usted o el matrimonio entre
usted deberá no haber sido disuelto más de dos años.
Tanto el abuso físico como el emocional o psicológico cuentan
para hacer de usted una persona elegible de recibir el estado inmigratorio
de residencia permanente en los Estados Unidos. La persona que abusa de usted
no es parte del proceso - usted puede llenar y presentar los papeles al Servicio
de Inmigración sin la ayuda de esa persona y sin su conocimiento.
Si la persona que abusa de usted no es ciudadano estadounidense ni tampoco
es residente permanente ni usted ha estado nunca casado(a) con esa persona,
usted puede que consiga el estado legal inmigratorio permanente por su propia
cuenta en ciertos casos. Esto puede que sea cierto hasta si usted de alguna
manera ha sido puesto en un proceso de deportación (por ejemplo, si
Inmigración inspecciona o hace una redada a un lugar de trabajo y usted
está allí), dependiendo si usted ya ha vivido en los Estados
Unidos por lo menos tres años. Aun si usted no ha vivido en los Estados
Unidos por tres años, muchas formas del abuso son criminales; usted
podría conseguir un estado legal y quedarse en los Estados Unidos si
usted ayuda en la investigación o el juicio del crimen. La primera
prioridad de usted debe ser siempre su seguridad, pero si usted es indocumentado,
contacte alguien con experiencia en casos de la violencia domestica y temas
inmigratorios lo más antes posible. Vea Recursos
abajo.
En estos casos, usted puede que tenga que probar "buena fe" en la relación
que mantiene usted con la persona que abusa de usted. Esto significa que si
el abusador(a) era un ciudadano estadounidense o un residente permanente,
usted no estaba con esa persona solamente para conseguir la "tarjeta verde"
a través de esa relación. Las fotografías que los muestran
a ustedes juntos, las cartas que ustedes se hayan escrito antes de vivir juntos,
las cuentas a pagar que estén en los nombres de ustedes dos, póliza
de seguros a nombre de los dos, etc., pueden ser usadas como pruebas de buena
fe en una relación amorosa entre personas. Si usted abandona a la
persona que abusa de usted, en lo que sea posible, trate de llevarse las fotos
y otros documentos que podrían ayudarles a probar su buena fe en la
relación amorosa de usted con esa persona.
Estos casos son muy complicados. Siempre obtenga los consejos y la ayuda de
un abogado experto en asuntos de Inmigración que haya representado
a las personas que no son ciudadanos de los Estados Unidos y que hayan sobrevivido
a una situación de violencia doméstica. Incluso si usted en
esos momentos trabaja con un abogado experto en las leyes de familia o
con los consejeros de un refugio para las víctimas de violencia doméstica
o con un programa de intervención, usted debería tener un abogado
experto en asuntos de Inmigración que trate esos asuntos. El abogado
experto en asuntos de Inmigración trabajará estrechamente en
colaboración con los demás abogados que usted tenga.
Protecciones para las Victimas del Tráfico
Humano
El tráfico humano es un crimen. Si usted no tiene un estado inmigratorio
legal, o si usted tiene una visa temporal de trabajo pero su empleador ha
creado condiciones abusivas de trabajo, usted podría conseguir un estado
inmigratorio legal aquí en los Estados Unidos, además de una compensación
monetaria. Estos casos son sumamente complicados y usted necesitará
un abogado inmigratorio para avisarle y ayudarle. Puede ser que usted también
necesite un abogado laboral para ayudarle. Contacte un asesor inmigratorio para
saber si usted tiene opciones migratorias. El abogado inmigratorio le puede
ayudar para encontrar otros recursos que pueden ser necesarios para ayudarle.
Si usted no se siente seguro, usted puede contactar una organización
en la lista abajo que ayuda con los casos de la violencia doméstica
antes de contactar un abogado inmigratorio. La seguridad siempre debe ser su
primera preocupación.
Recursos
Para ayuda inmediata, llame a la línea directa gratuita del
Programa de Prevención de la Violencia Doméstica más
cercano, de día o de noche:
En todo el estado, gratuito: 1-866-834-HELP (4357)
O consiga un número telefónico local aquí: www.mcedv.org/hotlines.htm
(en inglés)
Más información:
"Guía informativa para las mujeres abusadas en el estado de Maine"
Pida una copia del Proyecto contra la Violencia Doméstica: www.mcedv.org/hotlines.htm
(en inglés)
Protección contra el abuso: Cómo funcionan las leyes en el estado
de Maine
www.ptla.org/pfaespanol.htm
Documentos ejemplares de la corte para la Protección contra el Abuso
en siete idiomas:
www.ptla.org/forms/language
El Plan de Seguridad contra la Violencia Doméstica
www.mcedv.org/support/safety.htm
Video – Un juez de Maine explica el proceso en la corte para Protección
del Abuso.
www.helpmelaw.org/sub/pfa_video.htm
(en inglés)
Ayuda Legal Inmigratorio en el estado de Maine:
Immigrant Legal Advocacy Project
309 Cumberland Avenue, Suite 201
PO Box 17917
Portland, Maine 04112
207-780-1593 o 1-800-497-8505 (le pueden atender en español)
www.ilapmaine.org (en inglés)
Los servicios son gratis o a bajo costo dependiendo del ingreso económico
Para consultar abogados privados que tratan asuntos de Inmigración:
vea la parte sobre "Immigration Law" en la sección "Lawyers" en las
páginas amarillas de la guía telefónica.
junio 2009
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