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2008 Información Para Los Trabajadores Agrícolas

BIENVENIDOS

farmworker's hands Esta información fue elaborada por los programas de servicios legales de New England y Nueva York. Somos abogados y asistentes legales que ayudan a trabajadores agrícolas con problemas legales.

Ofrecemos asesoría legal y representación sin cobrar a los trabajadores que califiquen. Si quisiera hablarnos, llame a la oficina más cercana en el estado donde se está trabajando!

ENGLISH

Índice




Massachusetts

Massachusetts Justice Project, Inc.
57 Suffolk Street, #401
Holyoke, MA 01040

Staff/Personal:   Joshua Abel, Jose Otero

From/De Massachusetts - Toll-free/Gratis
1-888-427-8989, ext. 630 or / o 511
Outside/Fuera Massachusetts - Collect/Por Cobrar
1-508-831-9888 ext. 630 or / o 511

Western Massachusetts Legal Services
One Monarch Place, Suite 400
Springfield, MA 01144-4016

Staff/Personal:    Robert Berge

Toll-free/Gratis in the USA/En EEUU
1-800-639-1109
Voice/Voz and/y TTY
413-781-7814

New York

Farmworker Law Project of New York
Legal Aid Society of Mid-New York, Inc.
 52 S. Manheim Boulevard
 New Paltz, NY 12561-2405

Staff/Personal:    Charlotte Sibley, Carlos Linares
       Arturo Delgado, Antonio Hernandez

Office/Oficina
1-846-256-9096
Toll-free/Gratis In the USA/En EEUU
1-800-804-8575
 From/De Mexico - Toll-free/Gratis
001-877-248-2429
 From/De Jamaica, Toll-free/Gratis
1-800-248-2429

Maine, New Hampshire & Rhode Island

Pine Tree Legal Assistance
 61 Main St., Room 41
 Bangor, ME 04401

Staff/Personal: Eric Nelson
Mike Guare
Danny Mills

Toll Free/Gratis in the USA/En EEUU and/y Canada
1-800-879-7463
 OutsideUSA/Fuera EEUU - Collect/Por Cobrar 207-942-0673

Connecticut

Statewide Legal Services of Connecticut
 
425 Main Street, 4th floor
Middletown, CT 06457

Staff/Personal:    Emma E. Lopez

Toll-free/Gratis In the USA/En EEUU
1-800-453-3320
 OutsideUSA/Fuera EEUU - Collect/Por Cobrar 860-344-0380

Vermont

Legal Services Law Line of Vermont
274 North Winooski Ave.
 Burlington, VT 05401

Staff/Personal:    Angele Court

Toll-free/Gratis In the USA/En EEUU
 1-800-639-8857, ext. 118
Outside USA/Fuera EEUU - Collect/Por Cobrar
802-863-7153, ext. 118


Esta información es de carácter general, no es asesoría legal.

Nadie debe interpretar la ley sin la ayuda de un abogado que esté completamente enterado de los hechos particulares.


INSOLACIÓN Y AGOTAMIENTO POR EL CALOR

El sol y calor pueden ser peligrosos para su salud. Protéjase. Tome agua al menos cada treinta minutos aunque no tenga sed. No tome café o bebidas alcohólicas. Acomódese al sol poco a poco. Descanse en la sombra de vez en cuando.

Procure hacer los trabajos agotadores por la mañana o atardecer. Use ropa ligera y de colores claros. Visite al médico si tiene: fiebre, mucha fatiga, dolor de cabeza, confusión, dificultad en concentrarse o pensar, suda poco o nada.

SERVICIOS SANITARIOS

field sanitation Debe haber un servicio sanitario y un lavamanos por cada 20 trabajadores. Deben ser ubicados dentro de un cuarto de milla del lugar donde se está trabajando. Los inodoros deben funcionar y mantenerse limpios. El lavamanos debe tener suficiente agua potable y mantenerse limpio. Debe haber jabón y toallas desechables.

Agua: Debe haber agua potable y mantenerse cerca de donde se trabaja. El agua debe mantenerse fría y ser suficiente para todos. Debe haber un vaso por cada persona, o una fuente de agua. Su patrón debe informar a cada trabajador donde se encuentran los servicios sanitarios y el agua y permitirles usarlos cuando sea necesario.

DISCRIMINACIÓN

NO DEJE QUE NADIE LE QUITE SU DERECHO A TRABAJAR

farmworkersSi no fue contratado por:

  • no ser ciudadano estadounidense
  • no tener una tarjeta de residente permanente
  • no nacer en los EE.UU.
  • pensar la empresa que sus documentos parecen falsos
  • no hablar inglés y no es necesario para desempeñar el trabajo
  • ser despedido para que le reemplacen con un ciudadano estadounidense.....
ENTONCES QUIZÁS HAYA SIDO DISCRIMINADO

También, al conseguir un trabajo, hay que presentar documentos que comprueben que usted está autorizado para trabajar en los EE.UU. y firmar un formulario I-9. El formulario I-9 lista los documentos con los cuales se puede comprobar su autorización. El empleador no puede decirle cuales de los documentos listados tiene que usar.

Si le discriminan, llama a una de las
oficinas mencionadas arriba.

APUNTE SUS HORAS TRABAJADAS

writing Debe de apuntar las horas trabajadas cada día. Apunte la hora que entra a trabajar, la hora que sale para almorzar, la hora que regresa al trabajo después del almuerzo, y la hora que sale por la tarde. Si le pagan por pieza, también apunte cuánto se hace cada día.

¿Porqué es importante apuntar sus horas y cuánto ha hecho o cosechado cada día? A veces su patrón puede equivocarse en sus cálculos. Si Ud. mantiene un récord, después es más fácil probar lo que realmente ganó. Puede que le sea útil para los impuestos, compensación obrera, u otras razones.

PESTICIDAS
  • Pida información a su patrón sobre los productos químicos que se usan en su trabajo.
  • Use equipo protector.
  • Lávese las manos antes de comer, beber, fumar, o usar el baño.
  • Báñese después de trabajar para quitarse los residuos químicos.
  • Lave la ropa de trabajo por aparte de su otra ropa y antes de volverla a usar.
  • Use ropa que proteja su piel tal como camisa mangas largas, pantalones largos, calcetines y guantes.

¿Qué pasa si le riegan con pesticidas o ingiere pesticidas?

  • danger: pesticides Quítese la ropa contaminada y enjuáguese la piel inmediatamente con bastante agua y jabón.
  • Vaya al médico inmediatamente si se siente enfermo, le duelen los ojos, la piel o la garganta.
  • Dígale al médico que usted cree que está envenenado por pesticidas.
  • Dígale al médico que llame a su patrón para averiguar la clase de sustancia química que usaban en el trabajo.

Algunos síntomas del envenenamiento con pesticidas son:

Irritación de la piel, nariz, garganta o los ojos; dolor de cabeza; vómito; vista nublada; sudores; dolores musculares o calambres; mareos; dolor en el pecho; babeo; dificultad para respirar; nauseas; dificultad en caminar; debilidad y pérdida del apetito.

VIOLENCIA DOMÉSTICA

Primero su seguridad….El maltrato físico por parte de su esposo(a) o su pareja es ilegal. Si se encuentra en peligro, llame a la policía marcando el 911. Su seguridad es lo más importante.

Si está casada con él que la maltrata…Si está casada con un ciudadano estadounidense o un residente legal permanente que la maltrata, usted podría solicitar la residencia legal permanente por sí misma. Hay un formulario especial que usted puede presentar (que se llama “petición por cuenta propia”) siempre que pueda demostrar que es víctima de maltrato físico o mental, que se casó de buena fe y que es una persona de buenos principios morales. Si tiene niños que han sido maltratados, usted puede solicitar la residencia legal permanente para ellos. Si se divorció hace menos de dos años por causa de la violencia doméstica, también podría solicitar la residencia. No necesita continuar viviendo con quien la maltrata para solicitar la residencia. Recuerde que su seguridad y bienestar son lo más importante.

Si usted es víctima de un crimen violento…Si usted es víctima de un crimen violento pero no es un ciudadano estadounidense, usted podría solicitar el estado legal en Estados Unidos. La ley sólo abarca algunos delitos. Para ganarse el derecho debe cooperar con la policía, quien deberá extenderle un certificado que diga que usted ha sido o será de ayuda en la investigación o enjuiciamiento por el crimen. Usted también puede solicitarlo para sus hijos.

Las solicitudes de migración son complicadas…Si usted quiere saber si aplica alguna de estas situaciones de migración en su caso, busque la ayuda de un abogado. Estas solicitudes son complicadas y no debería llenarlas por su cuenta. Para más información, comuníquese con una de las oficinas de servicios legales.

DESEMPLEO

Cuando se termina su trabajo puede que tenga el derecho al seguro por desempleo. Se puede solicitarlo en una agencia del Departamento Estatal de Trabajo (Ministerio de Trabajo) en el estado donde trabajaba o donde reside. Algunos estados aceptan solicitudes por teléfono. Algunos estados tienen leyes para computar los ingresos obtenidos en otros estados y calcular los beneficios. El lugar donde trabajó y el tiempo que trabajó pueden determinar cuanto va a recibir y donde se debe presentar la solicitud. Al solicitar, asegúrese de reportar cada lugar donde trabajó y preguntar sobre cual estado le brindaría más beneficios.

Si Ud. tiene preguntas o problemas, comuníquese con una de las oficinas de servicios legales. Si le niegan beneficios, comuníquenoslo de inmediato - es muy corta la fecha límite para apelar.

SEGURO SOCIAL

farmworker El Seguro Social es un programa gubernamental en los EE.UU. Cada mes el programa paga dinero a los trabajadores jubilados (mínimo de 62 años) o incapacitados. Para tener derecho a los beneficios, usted debe de haber trabajado durante 10 años distintos. Pueda que el cónyuge o hijo de un trabajador tenga derecho a los beneficios.

Su patrón ha de mandar al gobierno una cantidad equivalente al 15.3% de su sueldo antes de deducciones. La mitad de esa cantidad (7.65%) se debe descontar de su pago cada semana. Normalmente, está anotado en su cheque como una combinación de “FICA y Medicare.” Su patrón debe pagar la otra mitad y no descontarla de su cheque. Éste dinero va a su cuenta del Seguro Social.

Es una buena idea comprobar con el Seguro Social si su archivo incluye todos sus ingresos; si no, se puede corregir.

También, se puede llamar al Seguro Social para averiguar cuanto le darán de beneficios al jubilarse. Para comunicarse con el Seguro Social, llame gratis al 1-800-772-1213.

Tome nota: los trabajadores indocumentados y los H-2A no califican para los beneficios del Seguro Social

Si Ud. tiene preguntas o problemas, llame a una de nuestras oficinas.

CRÉDITO POR INGRESOS DEL TRABAJO

group of farmworkers El Crédito por Ingresos del Trabajo (EIC) es un crédito especial de los impuestos para personas que trabajan. ¡Si se califica, la cantidad del crédito está restada de los impuestos que se debe! ¡Si no se debe impuestos el gobierno le pagará todo el crédito! Por el año 2008, el máximo del crédito es $4824.

Se puede calificar para el EIC si trabajó tiempo completo o medio tiempo. Además, debe ser ciudadano estadounidense, residente permanente, o tener permiso para trabajar de Migración. La cantidad del crédito que se recibe depende en cuántos niños se tiene, su edad, y cuanto se gana. Sin embargo, se puede calificar para el crédito aunque no esté casado o si no tiene niños.

Los niños que se reclama han de ser ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes y tener una válida tarjeta de seguro social. Su niño ha de ser su hijo, hija, niños adoptados, nietos (o sus descendientes), o hijos de crianza situados en su casa por una autoridad competente. Los niños que uno reclama deberían haber vivido consigo en los EE.UU. por más de la mitad del año tributario. También, su niño ha de tener menos de 19 años al final del año tributario (hay algunas excepciones a este requisito).

Para reclamar el crédito, Ud. debe presentar una declaración de impuestos, aunque no deba impuestos. El crédito del EIC NO afectará su estado migratorio ni cualquier solicitud pendiente que Ud. tenga con Migración. Tampoco afectará su derecho a beneficios del gobierno tales como estampillas de comida, el seguro de desempleo, al Medicaid u otros beneficios.

Si tiene preguntas o si quiere ayuda, llame a una de nuestras oficinas. También, se puede llamar al Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service o "IRS") al número 1-800-829-1040.

COMPENSACIÓN OBRERA

Si se enferma o lesiona durante su trabajo, tal vez se tenga derecho a beneficios de Compensación Obrera. La compañía de seguros cubre el pago de sus cuentas médicas y quizás una parte del salario que se pierda.

Si se lesiona mientras trabaja consiga atención médica - no espere! Dígale al doctor que fue lesionado en el trabajo. No se debe pagar por la atención médica. Siga las instrucciones del doctor.

¡Avise al patrón inmediatamente! Es ilegal que su patrón intente evitar que usted obtenga los beneficios de compensación obrera.

¡Tome notas! Anote sus visitas al doctor, el nombre y la dirección de él, y de sus gastos tales como transportación, recetas, recibos, etc.

Si Ud. sigue lesionado al regresar a casa, es posible seguir recibiendo atención medica y compensación por el pago perdido. Es mejor, pero no necesario, iniciar el reclamo de compensación obrera antes de irse. Reclame a su doctor una copia de su expediente y llévese sus archivos médicos. Consiga un doctor cerca de donde vive para que le atienda. Envíe copias de sus informes médicos a la compañía de seguro.

Si tiene preguntas sobre la compensación obrera, pida ayuda! Si necesita ayuda para ver a un doctor, lograr pagar sus cuentas o recibir los beneficios saláriales, llame a la oficina de asistencia legal en el estado del cual se pide beneficios.

DERECHOS OBREROS

Hay una ley en los EE.UU. llamada la Ley de Protección del Trabajador Agrícola Migratorio y Temporal.

Bajo esta ley, Ud. tiene derecho a:

  • farmworkersInformación correcta y por escrita sobre el trabajo cuando le reclutan.
  • Comprobantes de sueldos, correctos y completos, cada vez que le pagan.
  • Una vivienda limpia y segura.
  • Transportación en vehículos seguros (si el patrón se la provee).
  • Que el contratista y el patrón cumplan con todas las promesas que hayan hecho.

Esta ley dispone de muchas otras protecciones para trabajadores. Si su patrón viola esta ley, Ud. puede recibir hasta $500 por cada violación, y a veces más.

Nuestras oficinas ayudan a trabajadores presentar reclamaciones bajo esta ley. Favor de llamar una de nuestras oficinas si tiene preguntas o si desea ayuda.

SALARIO MÍNIMO

young farmworker La Acta de Normas Laborales Justas (the Fair Labor Standards Act) provee algunas protecciones muy importantes para la mayoría de los trabajadores agrícolas. Deben pagarle por lo menos $6.55 la hora. Aun si le pagan por contrato, sus sueldos semanales no deben ser menos de $6.55 la hora. También, a partir del 24 de julio de 2009, subirá el sueldo mínimo federal a $7.25.

Deben pagarle todas las horas trabajadas, inclusive el tiempo que espera y, en algunas circunstancias, el tiempo que viaja. Por ejemplo, si tuviera que esperar por cajas, equipo, o cosas parecidas para empezar el trabajar, se le debe pagar por ese tiempo. Si durante el día cambia de un campo a otro, se le debe pagar por el tiempo que viaja. Además, deben pagarle si el almuerzo dura menos de 30 minutos. Debe guardar notas de todas las horas trabajadas para asegurar que le paguen correctamente.

La mayoría de obreros no tienen derecho a horas extras. El tipo de salario para horas extras es tiempo y medio por las horas trabajadas en exceso de 40 horas durante una semana. También, algunos trabajos de empacadoras o viveros tienen derecho a horas extras. Si tiene preguntas o problemas, llame a una de las oficinas.

TRABAJADORES H-2A

Es probable que el gobierno de Estados Unidos haga cambios al programa H-2A. Hasta la fecha no sabemos si habrán algunos cambios ni cuáles de ellos serán permanentes ni cuándo se los pondrán en práctica. Comuníquese con la oficina de ayuda legal para obtener la información más reciente.

Los trabajadores H-2A tienen algunos, pero no todos, los derechos mencionados arriba. Sin embargo, aun con los cambios que se pudieran dar, usted tiene los derechos a:

  • farmworkers on tractorVivienda gratuita.
  • El beneficio de compensación obrera si se accidenta en el trabajo.
  • Reembolso por una parte de sus gastos de viaje.
  • Que no se tomen represalias en su contra por hacer valer los derechos que le otorga el contrato. Esto incluye hablar con un empleado de servicios legales o presentar una queja.

Sus derechos los dicta el contrato que recibe, así que si no le dan un contrato, pídaselo a su jefe.

He aquí algunos de los cambios que pudieran ocurrir:

  • El pago por hora: la suma que gane en el 2009 podría depender de cuándo llegó a Estados Unidos y dónde trabaja. Si tiene preguntas sobre si se le está pagando lo correcto por hora, llámenos.
  • La cantidad del reembolso por gastos de viaje de su pueblo al campo agrícola.
  • Quizás se eliminen o cambien otros derechos.

Comuníquese con una oficina de servicios legales si tiene preguntas o necesita ayuda. Estos cambios hacen importante el contar con la información más reciente.

Algo más: Si tiene una emergencia en casa, es posible que pueda regresar a su país antes de terminar su contrato. Sin embargo, si abandona Estados Unidos sin respetar todas las reglas, no podrá regresar a Estados Unidos a terminar su contrato. Debe obtener la ayuda de un abogado.

VIVIENDA

Ud. tiene derecho a alojamiento que sea seguro y adecuado. En la mayoría de casos, tal vivienda debe ser:

  • Inspeccionada: cada año antes de instalarse, la vivienda debe ser inspeccionada y el patrón debe colocar el permiso de inspección.
  • Segura: el lugar debe ser seguro, libre de problemas eléctricos y contar con agua limpia.
  • Limpia: se debe sacar la basura, los baños deben ser limpios, se debe proveer suficiente espacio para guardar la comida.
  • Informada: con un aviso que notifique sobre cualquier cobro o gasto con respecto a la vivienda.

Ud. debe ayudar a mantener limpio al terreno y vivienda. Informe al patrón o supervisor de cualquier problema y deje entrar a los inspectores gubernamentales para inspeccionar el edificio. Comuníquese con nosotros si tiene otras preguntas o problemas sobre las condiciones del alojamiento.

Además, es ilegal la discriminación por raza, origen nacional, o por algunas otras razones. Si Ud. se siente discriminado, comuníquese con la oficina de asistencia legal en su estado.

CONSEJOS MIGRATORIOS PARA RECORDAR

Si tiene preguntas o problemas relacionados a migración, lo más importante es conseguir ayuda. Las leyes migratorias siempre cambian y para evitar problemas y recibir buenos consejos, es importante encontrar la ayuda de un abogado que esté bien formado al corriente.

Los notarios, "Asesores" de migración, e incluso algunos abogados muchas veces hacen mal trabajo y causan graves problemas con Migración. Es mejor acudir a un abogado confiable y con experiencia. Mantenemos listas de agencias y abogados de confianza en todos los EE.UU. que ayudan en asuntos migratorios y hacen buen trabajo. Llame a una de nuestras oficinas para que le ayudemos encontrar alguien de confianza.

  • Es muy importante reportar sus impuestos cada año, incluso cuando no deba impuestos. Si no lo hace podría perjudicar cualquier asunto migratorio futuro o que ya tenga pendiente.
  • Los residentes permanentes pueden solicitar la residencia para su cónyuge e hijos no casados. Si se solicita para un hijo y después el hijo se casa antes de recibir una visa, ya no tendrá derecho a recibirla.
  • Los ciudadanos pueden solicitar la residencia para su cónyuge, padres, hijos (casados o solteros), hermanos y hermanas.
  • Si se tiene algún asunto pendiente con Migración y cambia su dirección es muy importante informárselo a ellos.
  • Una persona no ciudadana, y aun los residentes permanentes, pueden ser deportados de los EE.UU. por haber violado las leyes criminales o migratorias. Algunas razones por las que podrían ser deportados son pegar o amenazar a su cónyuge, violaciones de armas y drogas - hay muchas otras también.

Si tiene preguntas, no dude en llamarnos en una de nuestras oficinas.

TRABAJADORES H-2B

Si Ud. viene a los EE.UU. para trabajar en un lugar que no sea rancho, a lo mejor es Ud. un trabajador H-2B y no H-2A. Muchos trabajadores contratados trabajan en hoteles, fábricas de conservas, construcción, y el paisajismo. También hay trabajadores H-2B en Maine y otros estados que hacen trabajo forestal plantando arbolitos y cortando matorral.

Como trabajador H-2B, si se lastimara en el trabajo, tendría derecho a la compensación obrera. Sin embargo, algunos de sus derechos son distintos a los del trabajador H-2A. Por ejemplo, los patrones tal vez no tengan la responsabilidad de garantizar un mínimo de trabajo, vivienda gratuita, ni la transportación. Por otro lado, es importante anotar que los trabajadores forestales y muchos otros de H-2B tienen derecho a horas extras (tiempo y medio) por las horas trabajadas en exceso de las 40 horas de la semana laboral. Trabajadores forestales también están protegidos por la Ley de Protección del Trabajador Agrícola Migratorio y Temporal. Asegúrese de averiguar si tiene un visa H-2A o H-2B. También, averigüe las condiciones de su contrato.

Si tiene preguntas sobre sus derechos como trabajador H-2B, favor de comunicarse con una de nuestras oficinas.

CONSULADOS

Mexico

20 Park Plaza
Suite 506
Boston, MA 02116
1-877-639-4835
(617) 426-8782
(617) 695-1957 Fax
Email: cmxboston AT conversent DOT net

Guatemala

754 Branch Ave Suite 201
Providence, RI 02904
Tel. 401-270-6374
Fax. 401-270-7039

57 Park Ave
New York, NY 10016
Tel. 212-686-3837
Fax. 212-447-6947

Honduras

35 West 35th St. Floor 6
New York, NY 10001
Tel. 212-714-9450
Fax. 212-714-9453

Jamaica

1520 New Hampshire Avenue NW
Washington DC 20036
(202) 452-0660
(202) 452-0081 Fax
Email: info AT emjamusa DOT org

El Salvador

2308 California Street, NW
Washington DC 20008
(202) 265-9671
Email: cbartoli AT elsalvador DOT org

Republica Dominicana

20 Park Plaza - Suite 601
Boston, MA 02116
(617) 482-8121
(617) 482-8133 Fax
Email: embdomrepusa AT msn DOT com

1501 Broadway, Suite 410
New York, NY 10001
Tel. 212-768-2480

Nicaragua

820 2nd. Ave Suite 802
New York, NY 10017
Tel. 212-986-6562
Fax. 212-983-2646

Haiti

271 Madison Avenue, 5th floor
New York, NY. 10016
(212) 697-9767
(212) 681-6991 Fax
Email: contact AT haitianconsulate-nyc DOT org

Canada

1251 Avenue of the Americas
Concourse Level
New York, New York 10020-1174 USA
(212) 596-1628
(212) 596-1666/1790 Fax
Email: cngny AT dfait-maeci DOT gc DOT ca


MÁS SOBRE MIGRACIÓN

LEGALIZACIÓN- Parece que este año no habrá un programa de legalización y tal vez nunca lo haya. ¡Sin embargo, por el momento, GUARDE SUS TALONES DE CHEQUE Y OTRAS PRUEBAS DE SU TRABAJO! Si algún día haya un programa de legalización, estos documentos serán muy útiles.

Aunque parece muy improbable, es posible que algún día en el futuro aprueben un programa de legalización para trabajadores agrícolas. Si desea recibir una noticia si un programa de legalización es aprobado, por favor, complete el formulario pdf. Entrégueselo a una de nuestras oficinas.


Aviso

© Derechos Reservados, Pine Tree Legal Assistance
Mayo 2009

En ocasiones las leyes cambian. No podemos garantizar ni prometer que esta información esté al día o que sea correcta todo el tiempo. Si la fecha citada arriba no es de éste año, llámenos para averiguar si hay una versión actualizada.

Proveemos esta información como un servicio público. Esta información no constituye un consejo legal o jurídico. Al publicar esta información, no estamos actuando en calidad de su abogado. Siempre consulte los servicios de un abogado competente, si Usted puede, antes de tomar acción legal.

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