Esta información fue elaborada por los programas de servicios legales de New
England y Nueva York. Somos abogados y asistentes legales que ayudan a trabajadores
agrícolas con problemas legales.
Ofrecemos asesoría legal y representación sin cobrar a los trabajadores
que califiquen. Si quisiera hablarnos, llame a la
oficina más cercana en el estado donde se está trabajando!
Índice
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Massachusetts
Massachusetts
Justice Project, Inc.
57 Suffolk Street, #401
Holyoke, MA 01040
Staff/Personal: Joshua Abel, Jose Otero
In/en Massachusetts - Toll-free/Gratis
1-888-427-8989, ext. 630 or / o 511
Outside/Fuera Massachusetts - Collect/Por Cobrar
1-508-831-9888 ext. 630 or / o 511
Western Massachusetts Legal Services
One Monarch Place, Suite 400
Springfield, MA 01144-4016
Staff/Personal: Kevin Heffernan, Maria Cuerda
Toll-free/Gratis in the USA/Interior EEUU
1-800-639-1109
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New York
Farmworker Law
Project of New York
Legal Aid Society of Mid-New York, Inc.
52 S. Manheim Boulevard
New Paltz, NY 12561-2405
(845) 256-9096
Staff/Personal: Charlotte Sibley,
Carlos Linares,
Arturo Delgado, Michaela Moshier
Office/Oficina
1-846-256-9096
Toll-free/Gratis in the USA/Interior EEUU 1-800-804-8575
From/De Mexico - Toll-free/Gratis 001-877-248-2429
From/De Jamaica, Toll-free/Gratis 1-800-248-2429
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Maine, New Hampshire & Rhode Island
Pine Tree Legal
Assistance
61 Main St., Room 41
Bangor, ME 04401
(207) 942-0673
Staff/Personal: Eric Nelson
Mike Guare
Danny Mills
Toll Free/Gratis
in the USA/Interior EEUU and/y Canada 1-800-879-7463
OutsideUSA/Fuera EEUU - Collect/Por Cobrar 207-942-0673 |
Connecticut
Statewide Legal
Services of Connecticut
425 Main Street, 4th floor Middletown, CT 06457
Staff/Personal: Emma E. Lopez
Toll-free/Gratis in the USA/Interior EEUU 1-800-453-3320
OutsideUSA/Fuera EEUU - Collect/Por Cobrar 860-344-0380 |
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Vermont
Legal Services
Law Line of Vermont
274 North Winooski Ave.
Burlington, VT 05401
Staff/Personal: Angele Court
Toll-free/Gratis in the USA/Interior EEUU
1-800-639-8857, ext. 118
Outside USA/Fuera EEUU - Collect/Por Cobrar
802-863-7153, ext. 118 |
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Esta información es de carácter general,
no es asesoría legal.
Nadie debe interpretar la ley sin la
ayuda de un abogado que esté completamente enterado de los hechos
particulares. |
El sol y el calor pueden ser peligrosos para su salud. Protéjase. Tome agua al menos cada treinta minutos aunque no tenga sed.
No tome café o bebidas alcohólicas. Acomódese al sol poco a poco. Descanse en la sombra de vez en cuando.
Procure hacer los trabajos agotadores por la mañana o al atardecer. Use ropa ligera y de colores claros. Visite al médico si
tiene: fiebre, mucha fatiga, dolor de cabeza, confusión, dificultad para concentrarse o pensar, falta o nada de sudor.
Debe haber un servicio sanitario y un lavamanos por cada 20 trabajadores. Deben estar ubicados dentro de un cuarto de milla
del lugar donde se esta trabajando. Los inodoros deben funcionar y mantenerse limpios. El lavamanos debe tener suficiente
agua potable y mantenerse limpio. Debe haber jabón y toallas desechables.
AGUA
Debe haber agua potable y mantenerse cerca de donde se trabaja. El agua debe mantenerse fría y ser suficiente para todos.
Debe haber un vaso por cada persona o una fuente de agua. Su patrón debe informar a cada trabajador donde se encuentran los
servicios sanitarios y el agua y permitirles usarlos cuando sea necesario.
NO DEJE QUE NADIE LE QUITE SU DERECHO A TRABAJAR
Si no fuera contratado por:
- No ser ciudadano estadounidense
- No tener una tarjeta de residente permnanente
- No nacer en los EEUU
- Pensar que sus documentos parecen falsos
- No hablar inglés y no es necesario para desempeñar el trabajo, o
- Ser despedido para que le reemplacen con ciudadano estadounidense…
ENTONCES QUIZÁS HA SIDO DISCRIMINADO
También, al conseguir un trabajo, hay que presentar documentos que comprueben que esta autorizado para trabajar en Estados
Unidos y firmar un formulario I-9. El formulario I-9 lista los documentos con los cuales se puede comprobar su autorización.
El empleador no puede decirle cuales de los documentos listados tiene que usar.
Si le discriminan, llama a una de las oficinas mencionadas arriba.
Debe de apuntar las horas trabajadas cada día. Podría utilizar las páginas de este calendario para hacerlo. Apunte la hora que
entra a trabajar, la hora que sale para almorzar, la hora que regresa al trabajo después del almuerzo y la hora que sale por la
tarde. Si le pagan por contrato, también apunte cuanto cosecha o pisca cada día.
¿Porqué es importante apuntar sus horas y cuanto ha piscado o cosechado cada día? A veces su patrón puede
equivocarse en sus cálculos. Si usted mantiene un récord, después es más fácil probar lo que realmente ganó. Puede
ser que le sea útil para los impuestos, compensación obrera u otras razones.
- Pida información a su patrón sobre los productos químicos que se usan en su trabajo.
- Use equipo protector.
- Lávese las manos antes de comer, beber, fumar o usar el baño.
- Báñese después de trabajar para quitarse los residuos químicos.
- Lave aparte la ropa de trabajo de su otra ropa y antes de volverla a usar.
- Use ropa que proteja su piel tal como camisa mangas largas, pantalones largos, calcetines y guantes.
Que se hace si le riegan o ingiere pesticidas?
Quítese la ropa contaminada y enjuáguese la piel inmediatamente con abundante agua y jabón.
- Vaya al médico inmediatamente si se siente enfermo, le duelen los ojos, la piel o la garganta.
- TDígale al médico que usted cree que esta envenenado por pesticidas.
- Dígale al médico que llame a su patrón para averiguar la clase de sustancia química que usaban en el trabajo.
Algunos síntomas de envenenamiento con pesticidas son:
Irritación de la piel, nariz, garganta o los ojos; dolor de cabeza, vómito, vista nublada, sudores, dolores musculares,
calambres, mareos, dolor en el pecho, babeo, dificultad para respirar, nauseas, dificultad para caminar, debilidad y
pérdida del apetito.
Primero su seguridad….El maltrato físico por parte de su esposo(a) o su pareja es ilegal. Si se encuentra en peligro,
llame a la policía marcando el 911. Su seguridad es lo más importante.
Si Ud. o alguien que conoce tiene miedo por algo en su pareja, favor de llamar la Línea Nacional sobre Violencia Doméstica
al 1-800-799-7233 o al TTY 1-800-787-3224. Se puede llamar 24 horas al día los 365 del año. Hay defensores disponibles para
ayudar con la intervención de crísis, planificación de seguridad, y recomendaciónes de agencias en los 50 estados inclusive
Puerto Rico y las islas Vírgenes de los EEUU. Hay servicios de interpretación disponible por más de 170 idiomas.
Si está casada con el que la maltrata……Si está casada con un ciudadano americano o un residente legal permanente que
la maltrata, usted podría solicitar la residencia legal permanente por sí misma. Hay un formulario especial que usted puede
presentar (que se llama “petición por cuenta propia”) siempre que pueda demostrar que es víctima de maltrato físico o mental,
que se casó de buena fe y que es una persona de buenos principios morales. Si tiene niños que han sido maltratados, usted puede
solicitar la residencia legal permanente para ellos. Si se divorció hace menos de dos años por causa de la violencia doméstica,
también podría solicitar la residencia. No necesita continuar viviendo con quien la maltrata para solicitar la residencia.
Recuerde que su seguridad y bienestar son lo más importante.
Si es víctima de un atentado violento pero no es ciudadana americana, usted podría solicitar la condición legal en Estados
Unidos. La ley sólo abarca algunos delitos. Para ganarse el derecho, debe cooperar con la policía, quien deberá extenderle
un certificado que diga que usted ha sido o será útil en la investigación o enjuiciamiento de un atentado.
Las solicitudes de inmigración son complicadas…Si quiere saber si le corresponde alguna de estas situaciones de
inmigración, busque la ayuda de un abogado. Estas solicitudes son complicadas y no debería llenarlas por su cuenta.
Para más información, comuníquese con una de las oficinas de servicios legales.
Cuando se termina su trabajo puede que tenga derecho al seguro por desempleo. Se puede solicitar a una agencia del
Departamento Estatal de Trabajo (Ministerio de Trabajo) en el estado donde trabajaba o donde reside. Algunos estados aceptan
solicitudes por teléfono o el internet. Algunos estados tienen leyes para contar los ingresos obtenidos en otro estado y
calcular los beneficios para que califiques. El lugar donde trabajó y el tiempo que trabajó pueden determinar cuanto va a
recibir y donde se debe solicitar. Al solicitar, asegúrese de reportar cada lugar donde trabajó y pedir cual estado le brinda
más beneficios.
Si tiene preguntas o problemas consiguiendo dichos beneficios, comuníquese con una de las oficinas listadas en la segunda
página. Si le niegan beneficios, comuníquenoslo de inmediato –es muy corta la fecha límite
para apelar.
El Seguro Social es un programa gubernamental en los EEUU. Cada mes el programa paga dinero a trabajadores jubilados
(mínimo de 62 años) o incapacitados. Para tener derecho a los beneficios, debe de haber trabajado durante 10 años distintos.
Pueda que el conyuge o hijo de un trabajador tenga derecho a los beneficios.
Su patrón ha de mandar al gobierno una cantidad equivalente al 15.3% de su sueldo bruto. La mitad de esa cantidad (7.65%) se
debe descontar de su pago cada semana. Normalmente está listado en su talón de cheque como una combinación de
“FICA y Medicare”. Su patrón debe paga la otra mitad y no se lo descuenta de su cheque. Este dinero va a su cuenta del Seguro
Social.
Es una buena idea comprobar con el Seguro Social si su archivo incluye todos sus ingresos; si no, se puede corregir.
También puede llamar al Seguro Social para averiguar cuanto le darán de beneficios al jubilarse. Para comunicarse con el
Seguro Social llame gratis al 1-800-772-1213.
Por favor tome nota, los trabajadores indocumentados y los H2A no son elegibles para beneficios del Seguro Social.
Si Ud. tiene preguntas o problemas, llame a una de nuestras oficinas
El Crédito por Ingresos del Trabajo (EIC) es un crédito especial de los impuestos para personas que trabajan.
¡Si se califica, la cantidad del crédito está restada de los impuestos que se debe! ¡Si no se debe impuestos el gobierno
le pagará todo el crédito! Por el año 2009, el máximo del crédito es $5657.
Se puede calificar para el EIC si trabajó tiempo completo o medio tiempo. Además, debe ser ciudadano estadounidense, residente
permanente, o tener permiso para trabajar de Inmigración. La cantidad del crédito que se recibe depende en cuantos niños se
tiene, su edad, y cuanto se gana. Sin embargo, se puede calificar para el crédito aunque no está casado o si no tiene niños.
Los niños que se reclama han de ser ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes y tener una válida tarjeta de seguro
social. Su niño ha de ser su hijo, hija, niños adoptados, nietos (o sus descendientes), o hijos de crianza colocados en su
casa por una autoridad competente. Los niños que reclama debían haber vivido consigo en los EEUU por más de la mitad del año
tributario. También, su niño ha de ser menor de 19 años por el fin del año tributario (hay algunas excepciones a este
requisito).
Para reclamar el crédito, Ud. debe presentar una declaración de impuestos, aunque no deba impuestos. El crédito del EIC
NO afectará su estado inmigratorio ni cualquier solicitud pendiente que Ud. tenga con Migración. Tampoco afectará su
derecho a beneficios del gobierno tales como estampillas de comida, el desempleo, el Medicad u otros beneficios.
Si tiene preguntas o si quiere ayuda, llame a una de nuestras oficinas. También, se puede
llamar al Servicio de Impuestos Internos al número
1-800-829-1040.
Si se enferma o lesiona durante su trabajo, tal vez se tenga derecho a beneficios de Compensación Obrera. La compañía de
seguranza cubre el pago de sus cuentas médicas y quizás parte del salario que se pierde.
Si se lesiona mientras trabaja consiga atención médica - no espere! Dígale al doctor que fue lesionado en el trabajo.
No se debe pagar por la atención médica. Siga las instrucciones del doctor.
¡Avise al patrón inmediatamente! Es ilegal que su patrón intente evitar que usted obtenga los beneficios de Compensación
Obrera.
¡Tome notas! Anote sus visitas al doctor, nombre y dirección de él, y de sus gastos tales como transportación, recetas,
recibos, etc.
Si Ud. sigue lesionado al regresar a casa, es posible seguir recibiendo atención medica y salario perdido. Lo mejor es,
pero no necesario, iniciar el reclamo de compensación obrera antes de irse. Reclame a su doctor copia de su expediente y
llévese sus archivos médicos. Consiga un doctor cerca de donde vive para que le atienda. Envíe copias de sus informes médicos
a la compañía de seguro.
Si tiene preguntas sobre la Compensación Obrera, pida ayuda! Si necesita ayuda para ver a un doctor, lograr pagar
sus cuentas o recibir los beneficios salariales, llame a oficina de asistencia legal en el estado
del cual se pide beneficios.
Hay una ley en los EEUU llamada la Ley de Protección del Trabajador Agrícola Migratorio y Temporal.
Bajo esta ley, Ud. tiene derecho a:
Información correcta y por escrito, sobre el trabajo
cuando le reclutan.
- Comprobantes de sueldos, correctos y completos, cada vez que le pagan.
- Una vivienda limpia y segura.
- Transportación en vehículos seguros (si el patron se la provee).
- Que el contratista y el patrón cumple con todas las promesas que le han hecho.
Esta ley dispone de muchas otras protecciónes para trabajadores. Si su patrón viola esta ley, Ud. podría recibir hasta $500
por cada violación, y a veces más.
Nuestras oficinas ayudan a trabajadores elevar reclamaciones bajo esta ley. Favor de llamar a una de nuestras
oficinas si tiene preguntas o si desea ayuda. si tiene preguntas o si desea ayuda.
El Acta de Normas Laborales Justos (the Fair Labor Standards Act) provee algunos protecciónes muy importantes para la mayoría
de trabajadores agrícolas. Deben pagarle por lo menos $7.25 la hora. Aun si le pagan por contrato, sus sueldos semanales no
deben ser menos de $7.25 la hora.
Deben pagarle todas las horas trabajadas, inclusive el tiempo que espera y, en algunas circunstancias, el tiempo que viaja. Por ejemplo, si tuviera que esperar por cajas, equipo, o cosas parecidas para empezar el trabjao, le deben pagar por ese tiempo. Si durante el dia cambia de un campo a otro, le deben pagar por el tiempo que viaja. Además, deben pagarle si el almuerzo dura menos de 30 minutos. Debe guardar notas de todas las horas trabajadas para asegurarse que le paguen correctamente.
La mayoría de obreros no tienen derecho a horas extras. El tipo de salario para horas extras es tiempo y medio por las horas
trabajadas en exceso de 40 horas a la semana. También, algunos trabajos de empacadoras o viveros (invernaderos) tienen
derecho a horas extras. Si tiene preguntas o problemas, llame a una de las oficinas si tiene
preguntas o si desea ayuda. listada en la segunda página.
El gobierno de Estados Unidos realizó algunos cambios de importancia al programa H-2A en el 2008 y 2010. Al
imprimirse este calendario, los cambios recién empezaban a adquirir vigencia. Comuníquese con la
oficina si tiene preguntas o si desea ayuda. de ayuda legal que aparece en la página principal
del calendario para obtener la información más reciente y saber cómo pueda afectar su contrato.
Los trabajadores H2A tienen algunos, pero no todos, los derechos mencionados en este calendario. Por lo general, sus
derechos se rigen por el contrato que usted recibe. Debe recibir copia de su contrato antes de salir de su propio país.
Si no lo recibió, puede pedírselo a su jefe.
Estos son dos cambios muy importantes si su contrato empieza en lo que viene del 2010:
- El pago por hora: Para New England y New York, a aquellos que tiene contratos para lo que viene de este año, se les debe
pagar por lo menos $10.16 la hora. Si tiene preguntas sobre si está obteniendo el pago por hora correcto, comuníquese con
nosotros.
- Se han dado mejores reglas sobre seguridad vehicular para su viaje del campamento al trabajo y viceversa.
Para todos los contratos, existen derechos adicionales:
La vivienda gratuita, que se
inspecciona para que cumpla con las normas federales.
- El subsidio de compensación obrera si tiene un accidente mientras trabaja.
- Reembolso de algunos de sus gastos de viaje.
- Nada de represalias por hacer cumplir sus derechos, según el contrato. Esto incluye el hablar con un empleado de las
oficinas de servicios legales o presentar una demanda, y
- Los otros derechos que se indican en su contrato.
Si tiene preguntas o necesita ayuda, comuníquese con una oficina de servicios legales.
Es importante contar con la información más reciente ya que las cosas pueden cambiar durante el tiempo de su contrato.
Algo más: Si tiene una emergencia en casa, es posible poder regresar a su país antes de terminar su contrato.
Sin embargo, si abandona Estados Unidos sin respetar todas las reglas, no se le permitirá reingresar aquí para
completar su contrato. Debe contar con la ayuda de un abogado y tener el permiso y la ayuda de su jefe.
Ud. tiene derecho a alojamiento que sea seguro y adecuado. En la mayoría de circunstancias, tal vivienda debe ser:
- Inspeccionada: cada año antes de instalarse, la vivienda debe ser inspeccionada y el patrón debe colocar el
permiso de inspección.
- Segura: el lugar debe ser seguro, libre de problemas eléctricos, contar con agua limpia, etc.
- Limpia: debe sacar la basura, los baños deben ser limpios, deben proveer suficiente espacio para guardar la
comida, etc.
- Informado: con un aviso que inotifique sobre algún cobro o gasto con respecto a la vivienda.
Ud. debe ayudar a mantener limpio e terreno y la vivienda. Informe al patrón o supervisor de algún problema y deje entrar a
los inspectores gubernamentales para inspeccionar el edificio. Comuníquese con nosotros si
tiene otras preguntas o problemas sobre las condiciones del campo.
Además, es ilegal la discriminación por raza, origen nacional, o por algunas otras razones. . Si Ud. se siente
discriminado, comuníquese con la oficina de asistencia legal en su estado.
Si tiene preguntas o problemas relacionados a migración, lo más importante es conseguir ayuda. Las leyes migratorios siempre
cambian y para evitar problemas y recibir consejos buenos, es importante encontrar la ayuda de un abogado que esté bien formado
y al corriente.
Notarios, "Asesores" de migración, e incluso algunos abogados muchas veces hacen mal trabajo y causan graves problemas con
Migración. Es mejor acudir a un abogado confiable y con experiencia. Mantenemos listas de agencias y abogados de confianza en
todos los EEUU que ayudan en asuntos migratorios y hacen buen trabajo. Llame a una de nuestras
oficinas para que le ayudemos encontrar alguien de confianza.
- Es muy importante reportar sus impuestos cada año, incluso cuando no deba impuestos. Si no lo hace podría perjudicar
cualquier asunto migratorio futuro o que ya tenga pendiente.
- Los residentes permanentes pueden solicitar la residencia para su cónyuge e hijos no casados. Si aplica para un hijo
soltero y él se casa antes de realizar una visa, ya no tendrá derecho a recibirla.
- Los ciudadanos pueden solicitar la residencia para su cónyuge, padres, hijos (casados o solteros), hermanos y hermanas.
- Si tiene algun asunto pendiente con Migración y tiene cambia dirección es muy importante imformárselo a ellos.
- Una persona no ciudadana, aun los residentes permanentes, puede ser deportado de los EEUU por haber violado las leyes
criminales o migratorios. Algunas razones por las que podrían ser deportados son pegar o amenazar a su cónyuge, violaciones
de armas y drogas y otras también.
Si tiene preguntas, no dude en llamarnos a una de nuestras oficinas
Si Ud. viene a los EEUU para trabajar en un lugar que no sea rancho, a lo mejor Ud. es un trabajador H-2B y no H-2A.
Muchos trabajadores contratados trabajan en hoteles, fábricas de conservas, construcción, y el paisajismo.
También hay trabajadores H-2B en Maine y otros estados que trabajan en la silvicultura plantando arbolitos y cortando matorral.
Como trabajador H-2B, si se lastimara en el trabajo, tal vez tendría derecho a la Compensación Obrero.
Sin embargo,algunos de sus derechos son distintos a los del trabajador H-2A. Por ejemplo, los patrones tal vez no tengan
la responsibilidad de garantizarle un mínimo de trabajo, la vivienda gratuíta, ni la transportación. Por otro lado, es
importante anotar que los trabajadores forestales y muchos otros de los H-2B tienen derecho a horas extras (tiempo y medio)
por las horas trabajadas en exceso de las 40 horas en la semana laboral. Trabajadores forestales también están protegidos
por la Ley de Protección del Trabajador Agrícola Migratorio y Temporal. Asegúrese de averiguar si tiene una visa H-2A o H-2B.
También, averigue las condiciones de su contrato.
Si tiene preguntas sobre sus derechos como trabajador H-2B, favor de comunicarse con una de nuestras
oficinas.
|
Mexico
20 Park Plaza
Suite 506
Boston, MA 02116
1-877-639-4835
(617) 426-8782
(617) 695-1957 Fax
Email: cmxboston AT conversent DOT net
|
Guatemala
754 Branch Ave Suite 201
Providence, RI 02904
Tel. 401-270-6374
Fax. 401-270-7039
57 Park Ave
New York, NY 10016
Tel. 212-686-3837
Fax. 212-447-6947
|
Honduras
35 West 35th St. Floor 6
New York, NY 10001
Tel. 212-714-9450
Fax. 212-714-9453
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Jamaica
1520 New Hampshire Avenue NW
Washington DC 20036
(202) 452-0660
(202) 452-0081 Fax
Email: info AT emjamusa DOT org
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El Salvador
2308 California Street, NW
Washington DC 20008
(202) 265-9671
Email: cbartoli AT elsalvador DOT org
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Republica Dominicana
20 Park Plaza - Suite 601
Boston, MA 02116
(617) 482-8121
(617) 482-8133 Fax
Email: embdomrepusa AT msn DOT com
1501 Broadway, Suite 410
New York, NY 10001
Tel. 212-768-2480
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Nicaragua
820 2nd. Ave Suite 802
New York, NY 10017
Tel. 212-986-6562
Fax. 212-983-2646
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Haiti
271 Madison Avenue,
5th floor
New York, NY. 10016
(212) 697-9767
(212) 681-6991 Fax
Email: contact AT haitianconsulate-nyc DOT org
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Canada
1251 Avenue of the Americas
Concourse Level
New York, New York 10020-1174 USA
(212) 596-1628
(212) 596-1666/1790 Fax
Email: cngny AT dfait-maeci DOT gc DOT ca
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LEGALIZACIÓN- El gobierno se está considerando la posibilidad de un programa de legalización. Sin embargo, no guardamos mucha esperanza de que este año se realizará un programa de legalización, y tal vez nunca. ¡Asi que, por el momento, GUARDE SUS TALONES DE CHEQUE Y OTRAS PRUEBAS DE SU TRABAJO! Si algún día hay un programa de legalización, estos documentos le serán muy útiles.
Aunque parece poco probable, es posible que algún día que en el futuro aprueben un programa de legalización para trabajadores agrícolas. Si desea recibir una noticia si un programa de legalización es aprobado, por favor, complete el formulario abajo como se indica. Entrégueselo a la persona de Servicios Legales que le presentó este calendario o envíelo por correo a una de las oficinas listadas en la segunda página de este calendario.